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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808386
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5214
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO, TERCEROS PERJUDICADOS EN EL AMPARO PROMOVIDO POR LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5214
Si el amparo es promovido por persona extraña al juicio, solamente tienen el carácter de terceros perjudicados, cualquiera de las partes en el mismo juicio, de conformidad con la parte final del inciso a), fracción III, del artículo 5o. de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 693/42. Ramírez María Encarnación, sucesión de. 19 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.