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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808396
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6411
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6411
Debe desecharse el agravio en el sentido de que no quedó demostrada ni la posesión ni la propiedad de los terrenos cuestionados, ya que para acreditar la propiedad y posesión indicada, la parte quejosa presentó los títulos de dominio respectivos y rindió prueba testimonial sobre el hecho de la posesión, que tiene valor probatorio pleno al tenor de la ley de procedimientos civiles aplicable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8335/40. García viuda de Sánchez Galván Josefa. 30 de junio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.