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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808405
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5729
PECULADO, COMPROBACION DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5729
Debe desecharse el agravio alegado por el quejoso, en el sentido de que no está demostrado que haya cometido el delito de peculado, ya que si aparece que su jefe lo autorizó para hacer valer quincenales a cuenta de su sueldo, tal autorización solamente comprendía el pago de su sueldo quincenal, durante la quincena correspondiente, y por ningún motivo se le concedió que se excediera, tomando cantidades mayores como lo hizo; además de que ciertas personas le entregaron como recibidor de la caja algunas cantidades por las que dio el correspondiente recibo sin haberles dado entrada en la caja de la oficina, lo que constituye evidentemente el delito de peculado, puesto que estaba al frente de manejo de fondos de la oficina sanitaria, de la cual formaba parte.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7423/42. Cortés Ulibarri Luis. 24 de junio de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.