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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3182
PROCEDIMIENTO ECONOMICOCOACTIVO, ES CONSECUENCIA NECESARIA DE LA ORDEN DE COBRO RESPECTIVA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3182
Si la orden de cobro de una multa impuesta al quejoso y de la cantidad que importa el sostenimiento de una Escuela Artículo 123, fue consentida por el quejoso, el procedimiento económico coactivo y el embargo correspondiente, como consecuencias necesarias de la orden indicada, deben seguir la misma condición jurídica de ésta.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7/43. Mc. Conegly Patricio. 7 de mayo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconselos.