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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808429
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3659
TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA, TERMINO DE DURACION DEL CONTRATO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3659
Conforme a las disposiciones de la fracción III del artículo 24 y del 39 de la Ley Federal del Trabajo, el principio que rige la contratación en esa materia, es el de que el contrato de trabajo sea por tiempo indefinido, con las únicas excepciones permitidas por la ley, respecto de las cuales todavía ese principio tiene valor y eficacia, en el caso de que subsistan las causas que dieron origen al contrato y la materia del trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2821/41. Petróleos Mexicanos. 4 de septiembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.