Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/808462
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808462
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 172
POSESION, SUSPENSION CON MOTIVO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 172
Si se reclama en amparo la resolución judicial que manda dar la posesión de una finca rústica, y la autoridad responsable afirma que la posesión ya fue dada, pero de las pruebas rendidas por la parte quejosa, no aparece que se hayan cumplido los requisitos y las formalidades de la ley para la posesión, ya que no hay constancia en el acta, de que hubiera intervenido la parte quejosa, en su carácter de poseedora de la finca, ni los colindantes de la misma, ni se fijaron los límites correspondientes, habiéndose omitido hacer constar que la parte quejosa hubiera perdido la posesión y la suspensión debe concederse mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6657/35. Mexican Petroleum Company. 1o. de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.