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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808529
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2381
EMPLEADOS PUBLICOS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA EL CESE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2381
Es improcedente el juicio de garantías que interponga un empleado público contra el cese dictado en su contra, por el titular de la dependencia del Ejecutivo en que prestaba sus servicios, si aquél no ocurrió previamente al Tribunal de Arbitraje, como lo previene terminantemente el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, reclamando su cese, pues sólo cuando el mencionado tribunal hubiere pronunciado la resolución correspondiente, podría atacarse ésta en la vía constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6236/40. Prieto y de Alarcón Guillermo. 12 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.