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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808532
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3120
EMPLEADOS PUBLICOS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA REMOCION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3120
Debe estimarse legal el auto del Juez de Distrito, por el cual desecha la demanda de amparo promovida por un empleado público, contra el acto consistente en haber sido removido del puesto que desempeñaba, si el quejoso no acudió previamente ante el Tribunal de Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado, para reclamar su remoción, como terminantemente lo previene el artículo 44 del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado, pues sólo cuando el mencionado tribunal haya pronunciado la resolución correspondiente, podrá atacarse ésta, en la vía constitucional.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó la demanda 2891/41. Guitrón Tejeda José. 26 de agosto de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.