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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1192
IMPRUDENCIA PUNIBLE, LESIONES Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, CAUSADOS POR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1192
La sentencia que se dicta contra un reo acusado de estos delitos, no es violatoria de garantías, si se demuestra por la confesión del procesado, que estaba ebrio al manejar un automóvil, lo que dio lugar no sólo a que chocara con otros vehículos sino contra un poste, lo cual hace patente la ausencia de toda previsión.
Precedentes
Amparo penal directo 6584/40. Alarcón García Juan. 8 de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.