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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3347
REMATE, SUSPENSION CONTRA SUS EFECTOS, CUANDO HA SIDO EJECUTADO AQUEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3347
Si se solicita la suspensión contra el remate de bienes de la propiedad del quejoso, contra la escrituración de los bienes rematados y contra la posesión que de los mismos se dé al adjudicatario, y consta que ya han sido adjudicados dichos bienes, para lo cual indudablemente tuvo que haberse celebrado en remate, si no están ejecutados los actos posteriores a la adjudicación, o sea la escrituración, su registro y la posesión al adjudicatario, debe estimarse que, respecto de estos actos, hay materia para conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3358/40. Andreu Almazán Juan. 9 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.