Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/808655
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 3290
TERCERO EXTRAÑO AL JUICIO, AMPARO PEDIDO POR EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 3290
Si una persona promueve un amparo como tercero extraño a un juicio, no está obligado a agotar los recursos ordinarios establecidos contra el acto de que se queja.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7315/39. Téllez Marina. 5 de diciembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.