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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1905
PATENTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1905
Los términos del artículo 127 de la Ley de Patentes de Invención, de veintiséis de junio de mil novecientos veintiocho, sólo pueden significar que si una patente expedida durante la vigencia de la ley de mil novecientos tres, es válida de acuerdo con los preceptos contenidos en leyes posteriores, entre ellas, la de mil novecientos veintiocho, viniesen a establecer nuevos principios, conforme a los cuales esa patente, que fue válida conforme a la ley anterior, no podría subsistir, por adolecer de tales o cuales defectos; pero es evidente que si una patente expedida durante la vigencia de la ley de mil novecientos tres, no reúne los requisitos necesarios para ser válida de acuerdo con sus prevenciones, puede ser declarada nula, aun cuando dicha ley no esté ya en vigor.
Precedentes
Amparo administrativo directo 1024/39. Ramírez Ignacio. 16 de junio de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María. Truchuelo.