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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808760
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1753
ZONAS FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1753
No puede decirse que al declararse que un canal no debe tener zona federal, por tratarse de una obra artificial, se viole el artículo 56 de la Ley de Aguas, pues además de que no puede haber zona federal en donde no lo prevé el artículo 27 constitucional, la disposición invocada se reduce a definir la "zona marítima terrestre" y no a determinar en qué casos debe existir.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5990/36. Sigriest Luis G. y coagraviados. 23 de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.