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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808838
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 685
MEDICOS DE ESCUELAS LIBRES, TITULOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 685
Sólo desconociéndose a la Secretaría de Educación su carácter de autoridad federal competente para revalidar los diplomas expedidos por las escuelas libres, podrá tenerse como no cumplido por una persona, el requisito que exige la letra c) de la fracción VI del artículo 445 del Código Sanitario, para el registro de su título, si éste expedido por una escuela libre, fue revalidado por secretaría mencionada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6159/37. Piana Wilfrido y coagraviados. 22 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.