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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808852
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 994
TRABAJO, SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE EN LOS AMPAROS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 994
Aun cuando un quejoso no cite en su demanda de amparo, preceptos de la Ley Federal del Trabajo que considere vulnerados en su perjuicio, pero expresa de modo preciso, claro y terminantemente, los hechos en que funda la violación constitucional de que se queja, y se deduce sin lugar a duda, qué precepto es el que juzga violado, la omisión de su cita no es bastante para sobreseer en el mencionado juicio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5231/37. León Agustín. 28 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.