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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808938
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 195
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 195
Para motivarlo, la ley no exige que se tengan pruebas tan claras, que de manera indudable establezcan la culpabilidad del acusado; lo que exige, es que los datos que arroje la averiguación, sean bastantes para comprobar el cuerpo del delito y hacer probable la responsabilidad del inculpado.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Aguilar Manuel. 25 de julio de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.