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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2987
SALARIO MINIMO, MODIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2987
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo, sólo cuando existe petición de la mayoría de patronos o trabajadores de un Municipio, puede lograrse la modificación del salario mínimo, puesto que afectando esa modificación tanto a la totalidad de los obreros del lugar, como a la totalidad de los patronos en el mismo, debe ser mayoría de una u otra clase, la que solicite la modificación del salario.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2712/36. Compañía Minera Nacional, S. A. 26 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Octavio M. Trigo.