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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808994
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2003
ASONADA O MOTIN, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2003
El artículo 178 del Código Penal del Estado de Oaxaca dice: "Son reos del delito de asonada o motín, los que para hacer uso de un derecho, se reúnen tumultuariamente y sin armas". Ahora bien, si de autos aparece que los miembros de determinado partido político, ocurren al palacio municipal gritando que salieran de allí todas las persona que se encontraban dentro, pues de lo contrario serían sacadas por la fuerza, esos hechos no constituyen el mencionado delito, puesto que no se justificó que los acusados hubieran pretendido hacer uso de un derecho, y el auto de formal prisión que se dicte en tales condiciones, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7929/36. Rojas Marino. 4 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.