Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809034
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1513
REMATES FISCALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE NO APROBACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1513
Si se reclama en amparo la resolución de la autoridad administrativa, que deja sin efecto el remate que se llevó a cabo en un procedimiento económico coactivo, se trata de un acto negativo que manda, como consecuencia, reponer el procedimiento, y si éste ya se inició, de concederse la suspensión, tendría efectos restitutorios, que son propios de la sentencia definitiva y, además, detendría el procedimiento administrativo ya iniciado; ambas cosas contrarias a la jurisprudencia que ha sustentado la Suprema Corte de Justicia, sobre el particular.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6587/36. Dashe Karl. 25 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.