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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo L; Pág. 483
DOMICILIO, PRUEBA DEL, EN MATERIA DE COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo L; Pág. 483
Si en un juicio sucesorio declaran dos testigos, en el sentido de que el autor de la herencia fijó su residencia en determinado lugar, dedicándose a atender una fábrica de su propiedad, y el albacea exhibe certificado fiscal, en el que consta que dicho autor de la sucesión tenía registrada a su nombre una casa; y ante el otro Juez competidor se presentan pruebas consistentes en que aquél prestó sus servicios, hasta su muerte, en una secretaría de Estado y tenía su domicilio en la capital de la República, y además, dos testigos declaran que el autor de la sucesión tenía su domicilio, indistintamente, en los lugares donde residen ambos Jueces contendientes, se debe concluir que, dada la índole del trabajo del autor de la sucesión, prestado sin interrupción, su último domicilio fue el de la capital de la República y que, por tanto la competencia debe decidirse en favor del Juez que reside en aquel lugar; y la prueba relativa a que existe un bien raíz ubicado en otro lugar, sólo podría surtir la competencia, a falta de prueba sobre el último domicilio.
Precedentes
Competencia 163/35. Suscitada entre lo Jueces Séptimo de lo Civil de México y de Primera Instancia del Ramo Civil de Tehuantepec. 19 de octubre de 1936. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.