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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809085
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 4033
TITULOS PROFESIONALES, NO CAUSA PERJUICIO LA NEGATIVA A EXPEDIR DUPLICADOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 4033
Si el quejoso en amparo contra la negativa a la expedición de un duplicado de su título profesional, tiene en su poder el original y ni siquiera menciona los perjuicios que se le ocasionan en sus derechos, propiedades o posesiones, con la falta de un segundo ejemplar de él, es indudable que legalmente no puede estimarse que haya violación de garantías, y tal amparo debe negarse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2531/36. González Gris Juvenal. 25 de junio de 1936. Mayoría de tres votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Disidente: José María truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.