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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809087
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 247
PRESCRIPCION, INTERRUPCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 247
Si la obligación fue judicialmente exigible en determinada fecha, es claro que el pago hecho a cuenta de la misma, durante el término en que está corriendo la prescripción, implica el reconocimiento de la obligación, y por ende, la interrupción de la prescripción que ha comenzado a correr.
Precedentes
Recurso de súplica 12/32. Valdés María Abraham. 3 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfredo Iñárritu. Relator: Octavio M. Trigo.