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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 627
PRUEBAS EN UN PROCESO, COMPULSADAS DE OTRO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 627
Si en un proceso únicamente se toma al acusado su declaración preparatoria, y se agrega copia certificada de constancias existentes en otro proceso, y fundado en estas últimas, el Juez pronuncia sentencia condenatoria, la misma es violatoria de los artículos 14 y 16 constitucionales, porque se causaron molestias injustificadas al acusado y se le priva de su libertad, sin haberse observado las formalidades esenciales de todo procedimiento, como lo es la de recepción de pruebas.
Precedentes
Amparo penal directo 5216/34. Talamantes Paula. 10 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.