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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809114
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4493
SENTENCIAS, AMPARO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4493
Lo que constituye en rigor una resolución, son los puntos que deciden la controversia, así como las consideraciones de hecho y de derecho que los motivan y fundamentan.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 186/35. Sociedad "Emilio y Estanislao Vega". 17 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José María Truchuelo, no intervino en la resolución del negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.