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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 940
JUNTAS, RECEPCION DE PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 940
Si alguna de las posiciones que se articulan a una persona, en un juicio arbitral, y que están contenidas en el pliego respectivo, no tiene relación con los puntos a debate, y aparecen legalmente desechadas por la Junta de Conciliación y Arbitraje que conoce del conflicto, como las Juntas están facultadas para proceder así, ninguna violación de garantías se comete.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5667/35. Martínez A. Daniel. 21 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.