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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1104
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1104
Conforme a lo prevenido por el artículo 48 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Puebla, es procedente el aseguramiento de inmuebles, cuando lo que se averigua en el proceso, es la falsedad de los títulos de propiedad de los mismos; pues si no se practicara tal aseguramiento, podría el acusado gravarlos o enajenarlos, obteniendo beneficios, sin tener derecho para ello, en caso de que se llegara a demostrar la existencia del delito de falsedad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2467/34. Gamboa Francisco D. 23 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.