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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 513
SALINAS DADAS EN CONCESION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 513
Corresponde a la nación el dominio directo de las salinas formadas directamente por las aguas marinas, siendo estas salinas del dominio de la nación, los propietarios o sus causahabientes, podrán seguir explotandolas mediante la confirmación de los derechos de concesión, que se otorgará conforme a la Ley de Industrias Minerales, siempre que la solicitud sea presentada dentro del plazo de una año, concedido por el artículo 2o., transitorio, de la expresada ley, contado a partir de la fecha en que fue puesta en vigor. Por tanto, si quienes están en posesión de dichas salinas, no concurren dentro del plazo que marca la ley, para la confirmación de sus derechos, el amparo que se interponga contra las autoridades que tratan de desposeerlos de dichos derechos, debe negarse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3389/27. Obregón Ramón, sucesión de. 8 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.