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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809210
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1234
IMPUESTOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, CREADOS POR FACULTADES EXTRAORDINARIAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1234
No puede considerarse anticonstitucional un impuesto del Departamento del Distrito Federal, si las facultades extraordinarias concedidas al Ejecutivo, fueron para legislar en materia de hacienda, pues si el Distrito Federal se rige, en cuestiones hacendarias, por disposiciones legislativas emanadas del congreso, que concedió las facultades, al haberlas otorgado sin limitación alguna, capacitó al Ejecutivo par legislar en esta materia, en todos los casos de su resorte.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3742/34. Amelia de Bautet Sara. 22 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.