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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809213
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5325
INFORMACION AD PERPETUAM, VALOR PROBATORIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5325
Como la información ad perpetuam, sólo tiene por objeto justificar algún hecho o acreditar un derecho en que no tiene interés más que la persona que la promueve, la misma no puede tener valor para probar la posesión, cuando aparece rendida sin sujeción a las reglas que fijan la ley procesal civil respectiva, o el artículo 82 de la Ley de Amparo, esto es, con citación del colitigante.
Precedentes
Amparo civil en revisión 15359/32. López Juan. 19 de septiembre de 1935.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.