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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809240
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2248
QUEJA EN AMPARO, PERSONALIDAD EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2248
Si el promovente comprobó su carácter de contraparte del quejoso en un amparo, y el Juez de Distrito que debió haberlo tenido como tercero perjudicado, en el aludido juicio de garantías, no lo hizo, debe declararse fundada la queja que contra tal acto se enderece.
Precedentes
Queja en amparo civil 217/33. Reyes Benjamín. 5 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.