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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3324
LAUDOS, CONSENTIMIENTO TACITO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3324
Si se solicita por el trabajador, ante una Junta, la ejecución de un punto de un laudo, en el que se condenó al patrono a pagar, como indemnización, a ese obrero, determinada cantidad, debe decretarse el sobreseimiento respecto de tal punto, de acuerdo con la tesis sostenida por la Cuarta Sala de esta Suprema Corte, pues aun cuando no se trata en el caso de un consentimiento presunto, ni de un consentimiento expreso, puede, en cambio, considerarse que se trata de un consentimiento tácito, ya que, como se tiene dicho, el mismo interesado expresamente pidió la ejecución del laudo, respecto del punto mencionado anteriormente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1336/35. Rueda José N. y coagravidos. 22 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: A. Iñarritu.