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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4625
ARRENDAMIENTO FORZOSO EN VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4625
Contra la aplicación de una ley que considera de utilidad pública el aprovechamiento de las tierras propias para la agricultura o la ganadería, cualquiera que sea su extensión, no debe concederse la suspensión; porque la sociedad y el Estado están altamente interesados en que se cumplan las prevenciones citadas, pues precisamente tienen por objeto, acrecentar la producción agrícola del país, aprovechando las tierras que no hayan sido cultivadas por sus dueños, o que no las hayan preparado y puesto en cultivo, en la fecha acostumbrada para ello.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3399/34. Ávila viuda de Andrade María Inés. 8 de junio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.