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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809262
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 9
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 9
Si se reclama en amparo el embargo de un predio, ordenado en un procedimiento en el cual es tercero extraño el quejoso, y con las pruebas rendidas, este último justifica la propiedad y posesión del propio predio, y que se le molesta en sus derechos de propiedad y posesión, procede ampararlo, porque se violan, en su perjuicio, las garantías de los artículos 14 y 16 de la Constitución.
Precedentes
Amparo civil en revisión 288/33. Guzmán viuda de Ramírez Juana. 2 de mayo de 1934. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.