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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809289
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 804
SUPLICA, EJECUCION DE SENTENCIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 804
Si al ejecutar una sentencia de súplica, la autoridad ejecutora incurre en errores legales de liquidación, que perjudican los intereses del que obtuvo en la súplica, el remedio contra tal acto, no puede conseguirse por medio de la queja, sino por medio del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5645/33. Bessette Leo. 25 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.