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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809308
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2639
SIMULACION EN FRAUDE DE LOS ACREEDORES, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2639
No puede decirse que la autoridad responsable infrinja las disposiciones del Código Civil, que supone la celebración de una venta válida, al declarar la nulidad de una venta simulada, cuando se limita a examinar las condiciones, conforme a las cuales procede declarar dicha nulidad.
Precedentes
Amparo civil directo 156/30. Medina Canto Manuel y coags. 22 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.