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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2463
PRESUNCIONES, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2463
Si durante el juicio no se ofrece esa clase de prueba, el juzgador no puede valorizar las presunciones que se desprendan de las pruebas rendidas.
Precedentes
Amparo civil directo 412/32. Reveles de Soto Guadalupe. 13 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.