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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809334
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 391
CONFLICTOS DE TRABAJO, EMBARGO DE BIENES DE EXTRAÑOS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 391
Si se reclama en amparo la intervención decretada por una Junta de Conciliación y Arbitraje, en un establecimiento que pertenece a un extraño al procedimiento, y de autos aparece que dicho tercero hizo uso de los recursos ordinarios establecidos por el artículo 566 y relativos de la Ley Federal del Trabajo, sin que prosperara la tercería excluyente de dominio que entabló, esa circunstancia hace que la ejecución del acto reclamado ocasione al quejoso perjuicios de difícil reparación; y, por tanto, debe concederse la suspensión mediante fianza, para el efecto de que, continuando firme el embargo, no se ejecuten sus efectos ulteriores y cese la intervención de la negociación secuestrada, si ya estuviere en ejercicio el interventor nombrado.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 2325/34. Ruiz Valentín. 8 de septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.