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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809386
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2169
SECUESTRO, EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2169
Si una sociedad adquiere un bien inmueble sujeto a secuestro, como el propietario tenía limitado su derecho, autoridad y dominio sobre ese inmueble, éste fue adquirido con esas mismas limitaciones, aun cuando el certificado de gravámenes no acuse alguno, aunque las sentencias pronunciadas en primera y segunda instancias, hayan ordenado la cancelación del embargo, si esas resoluciones no eran definitivas y fueron anuladas por una sentencia pronunciada en el juicio de amparo por la Suprema Corte de Justicia, resulta que si a la sociedad compradora del repetido inmueble se le priva de esas posesiones, tal privación es legal y no implica violación a las garantías individuales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5096/33. Sociedad Civil Bienes Raíces e Inversiones. 16 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.