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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3446
JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3446
Si de acuerdo con el artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo, la Junta de Conciliación da por contestada la demanda, en sentido afirmativo, la carga de la prueba toca al demandado, y si no la rinde, la Junta debe condenar al pago de lo que se reclama.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 660/34. Pérez Reynaldo. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: López Lira. Relator: Luis M. Calderón.