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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 579
REVISION INTERPUESTA POR EL ABOGADO DEL QUEJOSO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 579
El abogado del quejoso en el amparo, si sólo está autorizado para oír notificaciones, no tiene capacidad para interponer la revisión.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2464/26. Barros Felipe N. Sr. 27 de septiembre de 1932. Mayoría de tres votos. Ausente: Joaquín Ortega. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.