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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809571
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1206
CLAUSULA PENAL EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1206
El artículo 2967 del Código Civil del Distrito Federal, sólo obliga al arrendatario a pagar la renta que se vence hasta el día en que entregue la cosa arrendada, por lo que si existe petición del actor para la desocupación, es indudable que el arrendatario cumple con cubrir el mes de renta, hasta el día en que efectúe esa desocupación.
Precedentes
Amparo civil directo 3409/30. Bouchez de Kolff Isabel. 28 de febrero de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.