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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809595
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1638
COMPRAVENTA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1638
En materia mercantil, y tratándose de compraventas, el Código de Comercio, en su artículo 383, señala un plazo de cinco días para que el comprador reclame por la cantidad y calidad de la mercancía, y otro plazo de treinta días para reclamar por los vicios internos. Cuando no se ha reclamado en la oportunidad debida por esas faltas de calidad y cantidad, existe la presunción, a favor del vendedor, de que el pedido se sirvió correctamente.
Precedentes
Amparo civil directo 2684/30. Rawlings Manufacturing Company. 26 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.