Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809600
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809600
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2163
CONFLICTOS OBREROS, RESPONSABILIDAD RESULTANTE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2163
Aun cuando esta responsabilidad no está reglamentada por el artículo 123 constitucional ni por alguna otra disposición, la falta de esa reglamentación no priva al obrero del derecho de reclamar esa indemnización en tiempo oportuno, cuando se dicte la reglamentación respectiva.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 689/30. Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de noviembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.