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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809605
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2798
INDUSTRIAS, TRABAJO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2798
Ninguna de las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales, faculta al Departamento del Distrito Federal para ordenar la suspensión del trabajo con maquinaria, cuando, a su juicio, el funcionamiento de ésta, moleste a las personas vencidas del lugar en que se encuentra.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2228/30. Guttin Aarón. 3 de diciembre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis M. Calderón.