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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 558
SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 558
Si se pronuncian después del plazo que fija el artículo 76 de la ley reglamentaria, esto no es causa de que la resolución sea nula, sino sólo entrañará una responsabilidad para el Juez.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2364/30. Cardoso de Zapata María. 28 de enero de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.