Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809698
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1278
DEPOSITARIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1278
Cuando se ordena a un depositario judicial que haga entrega de los bienes que conserva en depósito, a otro depositario, en nada se afectan los intereses de dicho depositario, ni ninguna garantía se viola en su perjuicio.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4074/30. Díaz Joaquín L. 14 de julio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.