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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1732
TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1732
La tercería excluyente de dominio sólo puede tener por objeto ventilar y resolver las cuestiones de propiedad que susciten los promoventes, y nunca las cuestiones de posesión, que son a las que se contrae el juicio de amparo; por tanto, aunque se haya interpuesto la tercería de dominio y que esté pendiente de resolverse, o bien que, por haber sido desechada, se haya interpuesto el recurso de apelación, dados los distintos fines del juicio de tercería y del de amparo, no puede concluirse que éste sea improcedente por razón de la tercería.
Precedentes
Amparo civil en revisión 569/30. Sánchez José y coagraviados. 20 de agosto de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.