Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809722
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 576
SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 576
El quejoso en el amparo tiene el derecho de solicitar, en cualquier tiempo, que la suspensión se decrete y que se resuelva sobre la admisión de la fianza que proponga, y las sentencias definitivas recurridas en amparo, no pueden suspenderse en su ejecución, mientras la fianza no sea otorgada.
Precedentes
Queja en amparo civil 2/27. Bueno Cipriano, sucesión de. 14 de marzo de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.