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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
809724
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 355

REVISION. LAS AUTORIDADES EJECUTORAS CARECEN DE LEGITIMACION PARA INTERPONERLA EN AMPARO CONTRA LEYES, AUN CUANDO SOLO INVOQUEN UNA CAUSA DE IMPROCEDENCIA.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 355

Precedentes

Reclamación en el amparo en revisión 5768/79. José Ramón Tirado y otros. 21 de junio de 1983. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Cuarta Parte, Volúmenes 217-228, página 292, tesis de rubro "REVISION. LAS AUTORIDADES EJECUTORAS CARECEN DE LEGITIMACION PARA INTERPONERLA EN AMPARO CONTRA LEYES, AUN CUANDO SOLO INVOQUEN UNA CAUSA DE IMPROCEDENCIA.".
Registro digital (IUS): 809724