Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809750
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 153
CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 153
La que ordenan las autoridades administrativas, alegando irregularidades que no comprueban, y sin expresar la ley en que se fundan, debe suspenderse, sin el requisito de fianza, porque no hay tercero perjudicado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Razo Jesús. 13 de septiembre de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.